Cancelación o aplazamiento de un crédito hipotecario
2010/03/04 | por mark | Categoria: Actualidad HipotecariaLa tasa de desempleo en España alcanza el 19,4% y existen casi cuatro millones de parados en el país. Las familias más necesitadas son aquellas con deudas pendientes, las cuales pueden solicitar una de las medidas vigentes de estímulo económico del Plan E, o sea, una cancelación temporal o aplazamiento de su crédito hipotecario. Siendo posible una moratoria de pago en la hipoteca, no admitida en préstamos personales.
Se puede aplazar, previo acuerdo con la entidad financiera, hasta el 50% de la cuota mensual hipotecaria. Cumplido el plazo el banco volvería a cobrarles la cuota íntegra más los intereses y el capital pendiente de pago que se deje de abonar.
Grupos que pueden acceder a este beneficio:
•Trabajadores por cuenta ajena en situación legal de desempleo desde al menos tres meses con derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas.
•Trabajadores por cuenta propia obligados a cesar en su actividad económica y que se mantengan así durante al menos tres meses.
•Trabajadores por cuenta propia que acrediten ingresos íntegros inferiores al triple del importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) durante, al menos, tres mensualidades.
•Pensionistas de viudedad cuyo cónyuge ha fallecido una vez concertado el préstamo hipotecario, en fecha posterior al 1 de septiembre de 2008.
La primera gestión que conviene hacer para saber si un titular puede acogerse o no a esta medida es consultar si la entidad con la que se tiene firmado un préstamo está apuntada en las listas del ICO; si no es así, no podrá disfrutar del aplazamiento.
Información a través de la Web en:
http://www.ico.es/web/contenidos/home/home.html
Hasta 80 entidades colaboran en la prestación de este servicio, entre ellas, todos los bancos y cajas de ahorros de primer nivel.
La moratoria hipotecaria es costosa, pero es una solución para parados con una delicada situación económica, de todos modos, conviene hacer cálculos antes de solicitarla.
Documentación necesaria:
•Parados: entregar en la entidad el certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
•Autónomos: adjuntar el certificado que expida la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
•Trabajadores por cuenta propia (con ingresos íntegros inferiores al triple del importe mensual del IPREM): certificado de la declaración responsable efectuada por el trabajador ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
•Contribuyentes viudos: entregar el certificado expedido por el correspondiente organismo de la Seguridad Social que acredite que cobran una pensión de viudedad.
Cuando el titular firma la escritura del préstamo, se compromete a abonar una cuota de forma mensual, sin posibilidad de aplazarla cuando la situación económica empeore. Es imposible negociar este punto con ninguna entidad.
En general, cuando una entidad contabiliza tres impagos mensuales continuados, suele iniciar los procedimientos de embargo y registro en las listas de morosos pertinentes.
La reunificación de deudas se considera un aplazamiento temporal y parcial del pago de las cuotas de varios préstamos. Esta fórmula consiste en agrupar todos los créditos en uno, de tipo hipotecario.
El requisito principal que debe cumplir el ahorrador es tener abierta una hipoteca. Al adoptar la tipología de préstamo hipotecario, el nuevo crédito se concede a un plazo más extenso y con intereses más bajos que los préstamos personales.
El endeudamiento final también será más alto, ya que además de cancelar las deudas, el titular deberá pagar los gastos de la operación y durante más tiempo. No obstante, el cliente paga menos cada mes.
En situaciones excepcionales, si el titular del préstamo pierde su empleo, se admite una “prórroga” en el pago de la cuota hipotecaria. Esto es así cuando se suscribe un seguro de protección de pagos ligado al préstamo. Finalizados estos plazos, el titular del préstamo debe volver a hacer frente a sus cuotas, sin ningún tipo de ayuda.
Suscribir estas pólizas puede convertirse en una situación de alivio, si bien su precio varía en función de la cuantía que se desee cubrir; cuanto más elevada sea la cuota mensual, mayor será el coste del seguro.
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